• La titular del Décimo Quinto Juzgado con sede en Xalapa instruyó al Gobernador de Veracruz eliminar de redes sociales las acusaciones en contra del empresario acusado por la Fiscalía de Veracruz de un supuesto doble asesinato

STAFF XPECTRO FM

CIUDAD DE MÉXICO (XPFM). -El gobernador de Veracruz, Cuitláhuac García, recibió un fuerte revés luego de que el Décimo Quinto Juzgado de Distrito con sede en Xalapa, concedió este lunes una suspensión provisional a favor de Itiel Palacios García para que el mandatario elimine las acusaciones relacionadas con el empresario.

En la resolución la Jueza Federal Ariana Escobar Fernández, ordenó al mandatario estatal en Veracruz eliminar de su Facebook y redes sociales, la visualización o reproducción de los videos en los que acusó al empresario de ser un “narcotraficante con la capacidad de dar billetazos a funcionarios”, realizada en su conferencia matutina del 11 de marzo pasado.

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La Jueza Ariana Escobar Fernández ordenó en el juicio de amparo número 362/2024/6-B, promovido por el inculpado en contra de Cuitláhuac García y la Coordinación General de Comunicación Social de Veracruz, que cesen las acusaciones infundadas de parte del Gobernador de Veracruz en contra de Itiel N y hacerlas públicas.

Cuitláhuac García ha magnificado el caso Itiel Palacios como uno de los casos de presuntos delincuentes de alto impacto capturado en su administración, pero hoy se conocen las violaciones al debido proceso y garantía de defensa, así como la posible fabricación de testigos y pruebas falsas en el proceso en su contra.

El Gobernador de Veracruz ha señalado en todas sus acusaciones en contra de Itiel Palacios que es un delincuente de alta gama, sin que exista ningún antecedente que demuestren sus afirmaciones, afectando así el derecho al honor del empresario, su familia, así como también la presunción de inocencia, consideró la justicia federal.

Itiel Palacios García se encuentra preso, sin pruebas que demuestren su culpabilidad, en el Penal Federal 5 Oriente, por un delito de homicidio en un palenque en Playa Vicente Veracruz, a pesar de que su equipo legal ya comprobó su ubicación a más de 300 kilómetros de distancia del lugar, día y hora de los crímenes.

Itiel “N” fue acusado por la Fiscalía de Veracruz de los presuntos asesinatos, primero del diputado local Juan Carlos Molina ocurrido el 9 de noviembre de 2019.

En agosto del 2021 Itiel Palacios fue “no vinculado” a proceso por la muerte de dicho funcionario, sin embargo, después de comprobarse su inocencia ese mismo día al salir de prisión fue detenido por los supuestos asesinatos de Leonardo Hernández “El Brujo” y Eneas Ramírez, acontecidos el 27 de abril del 2018.

La jueza Angelica Sánchez Hernández determinó en su momento “no vincular” a proceso a Palacios García por el homicidio Hernández y Ramírez el 3 de junio del 2023, en cumplimiento a un amparo concedido, el cual ordenó valorar la prueba que demostraba que el empresario se encontraba a cientos de kilómetros de distancia del lugar donde ocurrió el crimen, y entre otras pruebas por no existir la necrocirugía de las víctimas.

La madrugada del 4 de junio, horas después de la orden de libertad de Itiel Palacios, el empresario fue detenido por tercera ocasión a la salida del Penal Federal de Ramos Arizpe y trasladado a Veracruz por el mismo caso de los dos asesinados por orden de la Fiscalía de Veracruz por “supuestas nuevas pruebas”.

La suspensión provisional emitida este 8 de abril es en contra del gobernador Cuitláhuac García Jiménez y la Coordinación General de Comunicación Social del Gobierno del Estado de Veracruz.

En ella se establece que deben dejar de visualizarse o reproducirse las acusaciones realizadas en contra de Itiel N en la conferencia “Seguimos informando a la población veracruzana sobre temas importantes” del 11 de marzo del 2024.

En esa conferencia ante medios al Gobernador de Veracruz la reportera de Noticias La Fuente, Rosalinda Morales, le cuestionó sobre la fabricación de testigos por parte de la Fiscalía del Estado y el mandatario estatal declaró que Itiel Palacios es un delincuente de alto nivel y gran poder económico para corromper a las autoridades.

El juzgado resolvió otorgar la suspensión provisional con el fin de que las declaraciones realizadas entre los minutos que comprenden de la hora con 13 minutos y 15 segundos y la hora con 16 minutos y 24 segundos de la transmisión, dejen de reproducirse.

Esto se determinó porque la jueza del Juzgado Décimo Quinto consideró que Cuitláhuac García violentó la “Presunción de Inocencia y el Derecho a la Información” del inculpado y que está previsto en los artículos 128 y 129 de la Ley de Amparo en contra de Itiel Palacios.

“En consecuencia, resulta procedente CONCEDER LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL, para efecto que las autoridades responsables, emitan las medidas o giren órdenes que estimen necesarias.

“A fin de que no sea posible la visualización o reproducción en la plataforma Facebook de los minutos 01:13:15 al 01:16:24 del video de la conferencia denominada ´Seguimos informando a la población veracruzana sobre temas importantes´ de once de marzo de dos mil veinticuatro”, cita la resolución.

La medida cautelar estará en vigor hasta que se notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva, sin necesidad de solicitar garantía alguna, porque no se actualizan los supuestos del artículo 132 de la Ley de Amparo, es decir, no existe un daño o perjuicio patrimonial a tercero interesado.

Los efectos de la medida suspensional otorgada al peticionario de amparo, no implica que el Gobierno de Veracruz deje de informar a la población los asuntos de importancia, sino únicamente limitan la divulgación de los datos personales y de la investigación o proceso penal seguido en contra del quejoso

Hasta en tanto, se dicte resolución interlocutoria que determine sobre la suspensión definitiva, el Gobierno de Veracruz, el gobernador Cuitláhuac García, la Coordinación General de Comunicación Social del Estado, no deben pronunciarse sobre el caso ni mencionar al empresario Itiel Palacios García.

Por otra parte, se considera que de ninguna forma se impiden o limitan alguna de las funciones de informar, por parte del Gobernador del Estado de Veracruz y Coordinador General de Comunicación Social del Gobierno del Estado, dado que la presente medida solo recae en la parte en que se alude a la persona del quejoso.

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