El Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, otorgó una suspensión provisional al ex fiscal de Veracruz Jorge Winckler Ortiz, para que en una audiencia se revise y se le elimine la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

“Con apoyo en lo dispuesto por el artículo 128 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión provisional del acto reclamado, para el efecto que la autoridad responsable Juez de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Décimo Primer Distrito Judicial de Xalapa, con residencia en la Congregación de Pacho Viejo, Veracruz: Fije una audiencia de revisión de la medida cautelar impuesta en la que decrete el cese de la prisión preventiva oficiosa en favor del aquí quejoso” se lee en la sentencia.

También, agrega que la resolución es para que se otorgue oportunidad a las partes de que se debata la imposición de cualquier otra u otras de las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales, conforme con lo establecido en los artículos 161 y demás aplicables de dicho código procesal; y, en su caso, se desahoguen los medios de prueba presentados por el imputado ahora quejoso.

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El desahogo de la audiencia incidental será a las 10:00 horas del 16 de agosto del 2023 y se notificó a Roberto Santos Maldonado Morales, Juez de Proceso y Procedimiento Penal Oral del Décimo Primer Distrito Judicial de Xalapa, con residencia en la congregación de Pacho Viejo por ser la autoridad responsable y a la directora del Centro Federal de Readaptación Social Número 1, “El Altiplano”.

Cabe destacar que el quejoso Jorge Winckler Ortiz se encuentra privado de su libertad en el penal de Almoloya de Juárez, Estado de México, derivado del proceso penal 296/2019.

El exfuncionario veracruzano fue acusado de los delitos de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro y desaparición forzada de personas.

“Se considera respetuosamente que debe concederse la suspensión provisional del acto reclamado, bajo la consideración que los efectos tasados previstos en el artículo 166 de la Ley de Amparo, no constituyen un límite para que la suspensión pueda tener mayores y mejores alcances en la protección anticipada de derechos fundamentales” dice el documento. 

También añade que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa se decretó en su caso sin tomar en cuenta que dicha medida fue declarada inconvencional. 

“Con todo, la mera solicitud de la fiscalía de imponer al imputado como medida cautelar la prisión oficiosa no constituye una razón jurídica válida y suficiente para justificar tal actuación. De modo que, con independencia de lo que se alega por cuanto al fondo del asunto en los conceptos de agravio, en uso de la apariencia del buen derecho, la imposición de la medida cautelar impuesta al quejoso, en sí misma considerada, por el momento, resulta desproporcionada” señala el texto.

El 31 de julio del 2022, tras casi nueve horas de audiencia, el Juez Adrián Reyes Acosta, confirmó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa por un año y cinco meses de investigación complementaria, en contra del ex fiscal de Veracruz, Jorge Winckler Ortiz.

Al realizar la audiencia de continuación dentro del proceso penal 296/2019, aceptó los señalamientos por los presuntos delitos de desaparición forzada y privación de la libertad en su modalidad de secuestro en contra de Francisco Zarate Aviña, ex chofer del ex fiscal Luis Ángel Bravo.

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