La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó que los ministros violen el artículo 127 constitucional porque este ordenamiento, que impide a cualquier servidor público recibir una remuneración mayor que la del presidente, carece de criterios objetivos que permitan cumplir la disposición.

En redes sociales, la Corte respondió a los señalamientos del presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ha señalado que los ministros del Máximo Tribunal del país violan dicho artículo 127 constitucional

“¿Es cierto que las remuneraciones de las ministras y ministros violan la Constitución? ¡No!”, detalló la SCJN y explicó los motivos de su afirmación.

Debe recordarse que el sueldo del presidente supera los 400 mil pesos, ya que deben sumarse prestaciones, como su alojamiento, ya que vive en Palacio Nacional, no paga luz, agua, impuesto predial ni servicio de internet. Además, el gobierno gasta más de 60 mil pesos en gasolina cada mes para los autos en los que se transporta y las camionetas blindadas que usan los hijos del presidente.

Ya que la presidencia no informa cuánto se eroga en esos conceptos no existe un criterio objetivo para definir la remuneración del titular del Poder Ejecutivo, señala la Corte.

Expusieron que desde 2019, la Suprema Corte declaró inconstitucionales varios artículos de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos porque no prevé “parámetros objetivos” que permitan asegurar el cumplimiento del artículo 127 de la Constitución.

“Ante la falta de este criterio, resulta imposible saber cuándo y cómo se debe cumplir con dicho artículo. Por esa razón la Corte ordenó al Legislativo reformar la ley e incluir ese parámetro”, concluye el Máximo Tribunal en su mensaje.

La semana pasada, la titular de la Secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde, pidió a la SCJN un informe sobre las acciones que ha realizado el máximo tribunal para cumplir con el mandato de que ningún funcionario gane más que el presidente mexicano.

Esta semana, la Corte aclaró al Gobierno mexicano que los salarios de los ministros no podrán ser reducidos por actos provenientes de otros poderes.

“Las percepciones que reciben los ministros de la SCJN no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de los otros poderes”, señaló la Corte en su informe.

Sin embargo, recordó que desde el 8 de enero de 2019, los ministros del Supremo mexicano decidieron reducir su salario un 25 por ciento; al hacer uso de su autorregulación bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.

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