La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación discutirá un proyecto en el que se plantea revocar la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que rechaza las medidas cautelares contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por hablar de su “plan C” electoral y llamados a votar a favor de Morena en las elecciones de 2024.

Esto se deriva, luego de que los partidos de oposición controvirtieron la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que declaró improcedente dictar medidas cautelares que solicitaron en contra del presidente por las manifestaciones que hizo en las mañaneras del pasado 9 y 11 de mayo.

En esas conferencias matutinas, López Obrador habló sobre su llamado “plan C” electoral, el cual, dijo, es para obtener la mayoría calificada en el Congreso de la Unión, por lo que pidió que en las próximas elecciones de 2024 no sólo se vote por el candidato presidencial de su movimiento, sino se elija a los legisladores de éste para continuar con “la transformación”.

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El proyecto del TEPJF, que está a cargo de la magistrada Janine Otálora, plantea otorgar medidas cautelares contra el mandatario federal, ya que “sí se advierte un riesgo fundado de que las conductas denunciadas se sigan presentando y se generen daños irreparables a la equidad en las contiendas electorales”.

Por lo anterior, plantea pedirle al presidente eliminar o modificar en no más de 24 horas, a partir de la notificación de la sentencia, las publicaciones que contiene los audiovisuales y versiones estenografías de las conferencias matutinas del 9 y 11 de mayo.

También se propone en el proyecto que fue circulado por el Tribunal pedirle al presidente que se abstenga de realizar expresiones y declaraciones de índole electoral, en especial, llamamientos al voto de partidos políticos y/o movimientos, así como utilizar los espacios de comunicación oficial y aprovechar las funciones inherentes a su cargo con fines político-electorales.

Además, apercibe al titular del Ejecutivo Federal que, en caso de incumplimiento de las medidas cautelares, la Comisión de Quejas del INE podrá, de manera directa y sin trámite alguno, ordenar a cualquier concesionaria pública o privada el cese de cualquier transmisión o difusión de programas, spots o materiales de video o audio violatorios de las medidas cautelares referidas.

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