Las modificaciones a la Ley de Hidrocarburos propuestas por el Presidente de la República, son violatorias de la Constitución, generan incertidumbre jurídica, atentan contra la libre competencia y son prácticamente, una expropiación disfrazada que convertiría a PEMEX nuevamente en un monopolio del Estado.

A través de la modificación de 5 artículos de la Ley de Hidrocarburos y la adición de un artículo 59 bis, el Ejecutivo Federal busca revertir gran parte de la Reforma Energética de 2013 al sujetar los permisos y las autorizaciones que emita la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía a las capacidades de Almacenamiento de los Permisionarios sin que necesariamente existan lineamientos claros para ello.

Busca limitar y cancelar el número de permisos que éstos reguladores otorgan principalmente a los privados para el transporte, distribución e importación de hidrocarburos (gasolinas), al modificar el Artículo 53 de la Ley y establecer que si la autoridad no resuelve en un plazo de 90 días los permisos que le soliciten se entenderá como negativa, contrario a lo que actualmente establece la ley y que es una afirmativa ficta.

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La introducción de un nuevo artículo (59 bis) es sin duda el más agresivo e inconstitucional ya que establece que tanto la Sener como la CRE en el ámbito de sus respectivas competencias podrán suspender los permisos expedidos cuando se prevea un peligro para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional, sin embargo estos conceptos no están definidos, por lo que sin duda genera la posibilidad de actos de discrecionalidad de la autoridad y una gran incertidumbre jurídica para los actuales y futuros participantes del mercado (si es que los llega a haber) ; por ejemplo, “la misma pandemia que vivimos por el COVID podría interpretarse como una amenaza o peligro a la economía nacional”.

Es clara y directa la intención del gobierno de impedir la competencia de los agentes privados con Pemex, al igual que lo hace la Ley de la Industria Eléctrica que ha sido detenida por el Poder Judicial, ya que las modificaciones que se proponen eliminan el concepto de COMPETITIVIDAD, que está contenido y definido en el artículo 25 Constitucional.

Para ello, la iniciativa recurre a la clara violación de principios jurídicos básicos como la: Seguridad y Certidumbre Jurídica, la NO retroactividad, y es en resumen una expropiación disfrazada, como se desprende de sus artículos transitorios sobre todo el tercero, cuarto y quinto.
La iniciativa también violenta el Tratado Comercial con los EUA y seguramente provocaría paneles de controversia por los cambios de reglas conforme lo ya acordado y firmado por el actual gobierno y es un nuevo ataque a la inversión privada nacional y extranjera del país.

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