Luego de presiones de colectivos de defensa de derechos ambientales, el Poder Ejecutivo promovió cambios a la Ley Minera, a fin de demandar una mayor responsabilidad por parte de las empresas extractivas.

Uno de los principales puntos es el relativo a la obligación de determinar los impactos sociales de cada concesión minera, y esta no se limite solo a un “impacto ambiental”.

Además la nueva propuesta establece la consulta previa, libre e informada a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y se reduce la duración y prórroga de las concesiones mineras de 50 a 15 años.

De igual manera se condiciona la concesión minera a la disponibilidad hídrica y, en su caso, a la concesión de agua para minería que obtenga previamente y se transforma la figura de las asignaciones en favor de las entidades paraestatales.

El proyecto elimina el esquema de terreno libre y primer solicitante y elimina el carácter preferente de la actividad minera y elimina el derecho de las personas titulares de concesiones a obtener la expropiación de un terreno para la explotación minera.

Igual se proyecta controlar la transmisión de los títulos de concesión, se adicionan causales de cancelación de las concesiones mineras y se incorporan instrumentos de carácter ambiental y social.

Además que se suprimen los supuestos de afirmativa ficta, se establece que las concesiones únicamente serán por mineral o sustancia y se incorpora un capítulo de delitos con el objeto de sancionar conductas delictivas en materia de minería.

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