Divulgación histórica. Cío vs Negra Crestina
Por Omar Piña
Ocurrió en 1777 en un punto del camino que llevaba de Pénjamo hasta Huehuetoca. Por los rumbos del Bajío novohispano se querelló el socio de un marqués contra un hacendado. Los patrones no estuvieron presentes. La culpa fue de unos vaqueros quienes ―en un camino de tránsito para semovientes― derribaron una cerca para que sus vacas y mulos comieran en pastizal ajeno. El hacendado se quejó de daños a su propiedad y el marqués, que dominaba el negocio del abasto de carne a la Ciudad de México, alegó sus derechos de paso y acusó al hacendado de poner trabas a la circulación de mercancías.
Para dimensionar el asunto es necesario esclarecer las características del lugar donde ocurrieron los hechos. Los vaqueros que conducían a vacas y mulos hacían uso de “la cañada”, un camino trashumante que comunicaba haciendas y ranchos del Bajío con la Ciudad de México. Dedúzcase por cañada un camino ganadero público trazado en propiedades privadas, que más o menos tenía un ancho de 90 varas castellanas (75 metros) y que además proporcionaba pasto y aguajes libres. Lo que abarcaba era de uso público. La propiedad privada comenzaba en los límites y estaba marcada ―mojonada― o bien con cercos de piedra, o bien con ramas o cactáceas.
Las fricciones entre el empresario ganadero y el dueño de la hacienda de San Miguel de Solís no fueron las únicas en aquel tiempo. Las discusiones eran frecuentes por motivos similares, los vaqueros permitían que el ganado entrara en terrenos de cultivo o pastizales ajenos. O viceversa. Desde 1755 se documentan quejas. Los que se dedican a vender ganado acusan a los rancheros y hacendados de negligencia y los culpan de “estrechar” el camino para favorecer siembras e imponer cercados.
El historiador Bernardo García escribe que sabemos de las rencillas entre aquellos ilustres porque los pleitos llegaban a los tribunales. Y como tal, se produjeron las pruebas y alegatos que fueron consignados en documentos. Una pesquisa documental de estas dimensiones abre líneas y puertas a la zona rural del México novohispano; específicamente en el tema de las vías pecuarias coloniales y las redes de comunicación e intercambio. Es un tipo de estudio que permite conocer uso de la tierra, establecimiento de caminos, así como la defensa de la propiedad. El alegato jurídico facilita la comprensión de las preocupaciones y negocios en la época.
Por sus actas, se sabe de un pleito en 1763. Como afectaba los negocios del marqués de Altamira, se contrató a un apoderado que recorrió el camino para esclarecer donde existían los obstáculos que debían ser removidos. El resultado fue que José Orozco y Toledo “describió meticulosamente la cañada en cada uno de los 20 tramos en que se dividió” y se ajustó a veinte jornadas que se hacían entre Pénjamo y Huehuetoca. De ello resultó una descripción “que se concentra, naturalmente, en los impedimentos y dificultades sembrados a lo largo de todo el camino: milpas, jacales, bardas, puertas angostas, derramajes” (García, 1995: 15).
Gracias a esa relación de la vía pecuaria, el historiador Bernardo García remarca que hoy tenemos la posibilidad de entender el funcionamiento y acomodo en el desplazamiento de ganados mayores. De Pénjamo a Huehuetoca se hacían unos 20 días, con recorridos que iban de los 16 a los 22 kilómetros (1995:21). Las jornadas eran fatigosas y los vaqueros iban montados en sus caballos al ritmo y velocidad que imponían las vacas.
El pleito promovido por el dueño de San Miguel de Solís terminó en ambigüedades que se extendieron hasta el siglo XIX. Unos ganaderos propusieron “mover el camino” y otros cuestionaron el por qué un solo propietario lograba poner en jaque el dictamen de las autoridades. Situaciones parecidas dejaron en claro o sobre la mesa, la necesidad de delimitar la norma entre derechos de propiedad y derechos de paso.
Para masticar a fondo:
García Martínez, Bernardo (1995), “Los caminos del ganado y las cercas de las haciendas. Un caso para el estudio del desarrollo de la propiedad rural en México”, Historia y grafía, núm. 5, pp. 13-29.
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