El Órgano de Fiscalización Superior consideró que existe una defiencia administrativa dentro de la Secretaría de Finanzas y Planeación, a cargo de José Lima Franco, ya sea por error, omisión o negligencia, además que no son fiables las transacciones de recursos que realiza.

Entre las observaciones, el Orfis le señaló a la Sefiplan que no existe un manejo adecuado de los registros contables, e incluso hay omisiones sobre las cuentas bancarias a nombre del Gobierno de Veracruz que no son incluidos en los balances contables.

Derivado de la revisión del rubro de “Efectivo y Equivalentes”, se detectó que la Secretaría no registró contablemente las cuentas bancarias en el género de Activo del “Informe de Saldos” de acuerdo con lo previsto por el Plan de Cuentas emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC). 

En las Notas a los Informes de Saldos, en el apartado “Cuentas de Orden”, no se reflejan las cuentas bancarias al cierre del ejercicio. Cabe precisar que aun cuando en la etapa de solventación del Pliego de Observaciones se presentaron aclaraciones y documentales, éstas no fueron suficientes para desvirtuar el presente señalamiento.

Otra observación más, es que derivado de la política contable a nivel central para el registro y presentación de las cuentas de balance, se detectó que la Secretaría no presentó en su “Informe de Saldos” los “Derechos a Recibir Efectivo o Equivalentes” por concepto de cuentas por cobrar por presupuesto asignado pendiente de ministración o pago, así como de las “Cuentas por Pagar a Corto y Largo Plazo” por las contribuciones Federales y Estatales, proveedores y prestadores de servicios por concepto de adquisición de bienes y servicios, lo cual no refleja la expresión fiable de las transacciones en la información financiera.

El Órgano de Fiscalización Superior indicó que una vez concluido el Procedimiento de Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del ejercicio 2022 y los plazos legales para la solventación de los resultados notificados en el Pliego de Observaciones, el ORFIS dictamina que derivado del análisis efectuado a las aclaraciones y documentación justificatoria y comprobatoria presentadas, éstas no fueron suficientes.

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