(SPI).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó a la Junta Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE) en Veracruz con cabecera en Poza Rica, atender la queja de la candidata a diputada federal por Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Raquel Bonilla Herrera.
Cabe destacar que la candidata se dijo víctima de violencia de género a través de publicadad calumniosa, pero la Junta Distrital se negó a admitir la denuncia son fundamentar su decisión.
Por ello, la Sala Regional determinó que de manera urgente la Junta Distrital atienda el tema según el Protocolo para Atender y Sancionar la Violencia Política en Contra de las Mujeres en Razón de Género.
Originalmente, el vocal Ejecutivo del INE en Poza Rica, Everardo Demetrio Pérez Gutiérrez, desechó el recurso presentado por Morena considerando que lo expuesto en éste no constituía una violación en materia político electoral, ya que la denigración no era motivo de sanción en materia electoral.
Esto a pesar de las lonas, cartas, folletos y hacer perifoneo para denostar a la contendiente a la Diputación Federal, haciendo un llamado expreso a no votar por ella, con expresiones ofensivas, calumniosas y denigrantes.
En su intervención, la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso insistió que el titular de la Junta Distrital del INE, en esa demarcación incurrió además en una falta de exhaustividad al no actuar como autoridad, con un análisis con perspectiva de género.
Por ello, las autoridades electorales deberán atender la denuncia de la morenista, a fin de hacer efectivo el acceso a la justicia y el debido proceso.