La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que, a partir de 2022, las concubinas podrán cobrar la pensión de viudez, al determinar inconstitucional el artículo 132 de la Ley del Seguro Social.

Este apartado prohibía que la pareja obtuviera dicha pensión, ya que la ley exigía el matrimonio para otorgar este apoyo.

Además, el artículo pedía que la pareja sentimental recibiera la pensión en varios casos: cuando el derechohabiente hubiera muerto antes de cumplir seis meses de matrimonio y cuando se hubiera casado después de cumplir los 55 años.

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Asimismo, el artículo 130 exigía que la pareja comprobara que había vivido cinco años en unión libre para tener derecho a la pensión.

Por ello, el pasado miércoles, 15 de diciembre, se turnó a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados la propuesta para reformar este artículo.

El proyecto advierte que este apartado condiciona el otorgamiento de la pensión. “La o el trabajador ya generó el derecho a favor de su beneficiario o beneficiaria, puesto que realizó sus aportaciones por un determinado número de años”, detalla la iniciativa.

Ante esto, la SCJN dio un plazo de 90 días para realizar las modificaciones, por lo que se estima que después de febrero las concubinas tengan el derecho a cobrar la pensión por viudez.

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