En la sesión privada de resolución de este martes 18 de septiembre de 2018, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un acuerdo en el que se establecen lineamientos para la celebración de audiencias de alegatos relacionados con asuntos de su competencia.

Como autoridades jurisdiccionales, se tiene la obligación de garantizar los derechos de acceso a la información y a la manifestación de las ideas contenidos en el artículo 6, párrafos 1 y 2, de la Constitución federal; con el fin -entre otros- de lograr el acercamiento del órgano jurisdiccional con las partes involucradas en el juicio, quienes pueden plantear de viva voz sus ideas e inquietudes respecto al procedimiento en el que son parte.

El quehacer jurisdiccional ha permitido la práctica de las llamadas audiencias de alegatos, pues resultan acciones positivas para cumplir con las obligaciones de transparencia, así como con la promoción y garantía de los derechos humanos a la información y a la libre manifestación de ideas; lo cual, se ha realizado desde marzo de 2013 por los magistrados de esta Sala Regional, en atención a las solicitudes de las partes en los medios de impugnación, con la finalidad de ser oídas por este órgano jurisdiccional.

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Estas audiencias de alegatos no se encuentran reguladas por la ley de la materia por lo que, en el ejercicio de autorregulación establecido en los artículos 46, fracción XIV y 52 fracción IX del Reglamento Interno del TEPJF, esta Sala emitió un acuerdo que instituye los lineamientos para la celebración de dichas audiencias, con el fin de que las personas interesadas en los procesos jurisdiccionales que se sustancian en esta Sala, tengan certeza y seguridad jurídica de cómo se desarrollarán.

Ante ello, las audiencias de alegatos deberán realizarse de manera programada y conforme a los lineamientos que al efecto se establecen, respetando en todo momento los principios procesales.

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