Con el objetivo de procurar disminuir el riesgo de exposición a ser víctima de violencia familiar, el diputado Rogelio Arturo Rodríguez García propuso una reforma al Código Civil para evitar el matrimonio, cuando una de las partes contrayentes haya sido sentenciada por el delito de violencia familiar.

Esto, justificó, es con la finalidad de prevenir nuevos capítulos de violencia familiar al celebrar el matrimonio, pero de igual forma, aclaró no se busca criminalizar para siempre a esa persona, pues podrá contraer matrimonio cuando compruebe que ha logrado cambiar ese tipo de conductas.

Es por ello que en la iniciativa se amplía el listado de los impedimentos para celebrar matrimonio ya sea entre hombre y mujer o parejas del mismo sexo, con uno de los contrayentes que haya sido condenado por sentencia ejecutoria por el delito de violencia familiar y sólo podrán hacerlo cuando comprueben por escrito haber tomado las medidas reeducativas para personas agresoras.

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Mientras que la acción de nulidad del matrimonio por este hecho, sólo puede ser invocada por el cónyuge que desconocía dicho impedimento.

La iniciativa nació de los datos que arrojó el Instituto Veracruzano de las Mujeres (IVM), en el que manifiestan que el 23 de noviembre de 2016, se declaró la Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres al Estado de Veracruz, según cifras estadísticas del año 2000 al 2015, con 30 mil 898 casos de violencia familiar. Rodríguez García dijo que la alerta de violencia de género se decretó para 11 municipios del Estado de Veracruz: Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Las Choapas, Martínez de la Torre, Minatitlán, Orizaba, Poza Rica de Hidalgo, Tuxpan, Veracruz y Xalapa y a 47 municipios que cuentan con población indígena donde se reflejan altos índices de violencia feminicida.

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